Entre el 10 Agosto 2021 al 20 Octubre 2021, de acuerdo a los dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía en Colombia se tiene en cuenta a partir del 01 al 00. De acuerdo a la nueva Legislación Tributaria se debe tener ingresos iguales o superiores a $49.850.000 en cualquier actividad o circunstancia económica. En cuanto a los bienes, ya sea en efectivo, cuentas en bancos, casas, vehículos, inversiones, participación en sociedades en el país o en el exterior el monto a tener en cuenta es el valor de $160.232.000. Los documentos a tener en cuenta para elaborarla es poseer RUT o Registro Único Tributario que lo proporciona la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Crédito Público. Copia de la Declaración de Renta del año 2019. Certificado bancario, relación de cuentas por cobrar y pagar a diciembre 31 de 2020 Certificado de Retención en la Fuente. Documentos de los gastos relacionados con el ingreso, certificado de inversiones en el exterior. Copia del impuesto predial de inmuebles y vehículos del año 2020. Identificación personal de un dependiente. Cualquier inquietud con gusto la atendemos Celular WhatsApp 3053165928.
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Es importante sacar tiempo para el disfrute, es Legal el Ocio. https://www.instagram.com/p/BIJOyDfBsz4/?igshid=1hqxo6jotdfdw Fiestas en Filandia Quindio Colombia invita Hostal Colina de Lluvia en el Eje Cafetero La ley 1943 del 28 Diciembre 2019, Artículo 53, tiene un sentido muy particular puesto que es obligatoriedad de apuntar en toda promesa de compraventa, respecto al juramento en cuanto a los valores otorgados en la negociación del inmueble.
Cada factura cuenta para combatir la Evasión del IVA y del IMPOCONSUMO.
Respalda operaciones comerciales del contribuyente. Los Comerciantes, Profesionales liberales (tienen título académico), cuando se tengan ingresos obtenidos en el año anterior superiores a $119.012.000, están obligados a facturar. Responsables del impuesto nacional al consumo. Entre otros. Artículo 2 literal h) Decreto 1001 de 1997 UVT año 2016. Cada factura cuenta para combatir la evasión del IVA y del IMPOCONSUMO.
En todas las transacciones la FACTURA CUENTA. Para efectos tributarios, la factura es un documento que respalda la ejecución de las operaciones comerciales. Todos los comerciantes están obligados a facturar. Profesionales liberales o habilitados mediante un título académico o prestadores de servicios, cuando tengan ingresos obtenidos en el año anterior superiores a $119.012.000. Los responsables sobre ventas del Régimen Común. Responsables del régimen simplificado del impuesto nacional al consumo de restaurantes. Tomado del Artículo 2 literal h) Decreto 1001 de 1997 UVT año 2016. Hoy en día son muchos los puntos que una persona que quiere arrendar su propiedad debe tener en cuenta. Recuerde que actualmente la ley favorece al arrendatario (inquilino), más que al arrendador (dueño de la propiedad). Una opción para los arrendadores es alquilar su propiedad es mediante una póliza de seguro de arriendo, pero si usted prefiere realizar los trámites usted mismo, aquí le mostramos aspectos claves:
Las personas que en relación con el año 2017 cumplan los siguientes requisitos no están obligados a declarar:
Tomado de: www.legismovil.com "Cada Factura cuenta para combatir la evasión del IVA y del IMPOCONSUMO", dice la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas nacionales) en Colombia.
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AutorTierr@legre Archivos
Junio 2021
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